Descripción

Todo ciudadano puede solicitar la respectiva constancia que acredite la titularidad como representante legal de una propiedad horizontal, siempre y cuando se convalide la inscripción previa

REQUISITOS PERSONAS NATURALES:

Presentar los siguientes documentos:

1. Acta de Asamblea (nombramiento administrador) y Acta de Consejo de Administración, determinando el periodo de administración (Ejemplo: del 15 de feb de 2020 al 14 de feb de 2021), arts. 50 y 53 de la Ley 675 de 2001.

2. Carta de aceptación del cargo del nuevo Administrador

3. Fotocopia de la Cédula del Administrador

4. La fotocopia de consignación, recibo expedido por la Secretaria Jurídica, por valor de $43.333 o se enviará vía correo electrónico una vez revisados los documentos

5. Fotocopia del Rut del administrador Tener en cuenta los artículos N° 38, 47, 50 y 53 de la Ley 675 de 2001.

REQUISITOS PARA EXTRANJEROS

Presentar los siguientes documentos:

1. Escritura Pública de los Estatutos de la Propiedad Horizontal; según ley 675 de 2001.

2. Certificado de tradición, en el cual esté registrada la Escritura Pública (Estatutos).

3. Acta de Asamblea (nombramiento administrador) y Acta de Consejo de Administración, determinando el periodo de administración (Ejemplo: del 15 de feb de 2020 al 14 de feb de 2021), arts. 50 y 53 de la Ley 675 de 2001.

4. Carta de aceptación del cargo del nuevo Administrador

5. Fotocopia de la Cédula del Administrador

6. Fotocopia de consignación recibo expedido por la Secretaria Jurídica, por valor de $176.000.oo

7. Fotocopia del Rut del administrador

Tener en cuenta los artículos N° 38, 47, 50 y 53 de la Ley 675 de 2001.

REQUISITOS PARA INSTITUCIONES

Presentar los siguientes documentos:

1. Escritura Pública de los Estatutos de la Propiedad Horizontal; según ley 675 de 2001.

2. Certificado de tradición, en el cual esté registrada la Escritura Pública (Estatutos).

3. Acta de Asamblea (nombramiento administrador) y Acta de Consejo de Administración, determinando el periodo de administración (Ejemplo: del 15 de feb de 2020 al 14 de feb de 2021), arts. 50 y 53 de la Ley 675 de 2001.

4. Carta de aceptación del cargo del nuevo Administrador

5. Fotocopia de la Cédula del Administrador

6. Fotocopia de consignación recibo expedido por la Secretaria Jurídica, por valor de $176.000.oo

7. Fotocopia del Rut del administrador

Tener en cuenta los artículos N° 38, 47, 50 y 53 de la Ley 675 de 2001