Descripción

Accederán al beneficio de exoneración parcial o total del Impuesto Predial Unificado los predios urbanos y rurales que en su integridad o parcialidad estén calificados como áreas de conservación y protección ambiental, integrantes de la Estructura Ecológica Principal del Municipio de Manizales, de acuerdo con la certificación de la Secretaría de Medio Ambiente.

NOTA: La solicitud debe presentarse antes del 30 de septiembre del año anterior al disfrute del beneficio. 

NOTA: Es importante que la información y los archivos adjuntos estén completos; de lo contrario, se responderá a la petición indicando lo que falta y la solicitud se dará por finalizada.