Descripción
Obtener la autorización para cremar o incinerar un cadáver, en calidad de familiar de un fallecido, hospital o funeraria.
A través de los cementerios de la ciudad, las funerarias solicitan a la Secretaría de Salud la autorización para cremar un cadàver, aportando los siguientes documentos señalados en la Ley 9 de 1979- Resolución 5194 de 2010:
- Certificado de defunción
- Copia del documento de identidad del fallecido.
- Autorización de cremación o manifestación escrita: De la voluntad de la persona en vida o de sus familiares después de la muerte
- Autorización del Fiscal de conocimiento o quien haga sus veces: Excepción: En caso de muerte violenta.
El trámite se realiza en línea a través del módulo "Licencias de inhumación" del Sistema de Información Integral en Salud, en el link: https://manizalessiis.net/programas/licencias-de-inhumacion