Las empresas que promuevan en sus empleados programas de movilidad sostenible tendrán beneficios en el impuesto de Industria y Comercio y sus complementarios hasta del 30% sobre el valor de la inversión en dichos programas. (Art. 6 Acuerdo 1083 de 2021 y art. 21 Dec 0169 de 2022)
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Lea detenidamente la siguiente descripción para conocer los detalles y alcance de este trámite.
Las empresas que promuevan en sus empleados programas de movilidad sostenible tendrán beneficios en el impuesto de Industria y Comercio y sus complementarios hasta del 30% sobre el valor de la inversión en dichos programas. (Art. 6 Acuerdo 1083 de 2021 y art. 21 Dec 0169 de 2022)
El Plan Empresarial de Movilidad Sostenible debe contener: 1. Diagnóstico; 2. Formulación de proyectos.; 3. Seguimiento por medio de indicadores con la descripción del alcance e impacto del Plan; 4. Inversión realizada durante la vigencia, con sus respectivos soportes.
NOTA: Es importante que la información y los archivos adjuntos estén completos; de lo contrario, se responderá a la petición indicando lo que falta y la solicitud se dará por finalizada.
Tiempo
30 días
Costo
Gratuito
Requisitos
3 requisitos
3 documentos necesarios para completar este trámite
Por favor, lea detenidamente los requisitos y prepare la documentación necesaria. Los requisitos marcados requieren adjuntar archivo digital.
Deberá adjuntar este documento en formato digital
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Total Requisitos
3 documentos
Requieren Archivo
2 archivos