Descripción
Autorización para enterrar o depositar cadáveres, restos óseos y partes humanas en los cementerios.
A través de los cementerios de la ciudad, las funerarias solicitan a la Secretaría de Salud la autorización para inhumar un cadàver, aportando los siguientes documentos señalados en la Ley 9 de 1979- Resolución 5194 de 2010:
- Certificado de defunción (documentos antecedente).
- Copia del documento de identidad del fallecido.
El trámite se realiza en línea a través del módulo "Licencias de inhumación" del Sistema de Información Integral en Salud, en el link: https://manizalessiis.net/programas/licencias-de-inhumacion